El pleito tiene su origen en la demanda presentada por Sports Alternative Puerto Rico, Inc. (SAPRI), promotor de los torneos Jeep y Spring Volleyball Challenge. Los demandantes alegaban que la FPV interfiere ilegalmente con sus torneos al exigir el cumplimiento con sus reglamentos de avales y afiliaciones por lo que le solicitaban al Tribunal que declarase que la FPV no tenía autoridad en ley para hacer valer los mismos. A la solicitud de SAPRI se unió un grupo de clubes y de árbitros.
Al validar lo que siempre hemos postulado el Tribunal señaló: “Los demandantes deben acarrear las consecuencias de sus decisiones. Si eligieron no avalarse, deben aceptar que habrá jugadores, equipos y árbitros que por estar ya afiliados a la FPV no querrán violar su contrato de afiliación y eligieron asimismo no partic
Con esta decisión se reconoció que la FPV, la Federación Puertorriqueña de Fútbol, la Federación Puertorriqueña de Baloncesto de Puerto Rico y la Federación Puertorriqueña de Tenis de Mesa, al igual que TODAS las Federaciones Nacionales afiliadas al Comité Olímpico de Puerto Rico cumplen a través de sus contratos de afiliación o avales con sus obligaciones federativas para con los organismos internacionales.
E presidente de la FPV, Dr. César Trabanco expresó: “La decisión de hoy reafirma la soberanía deportiva de todas nuestras federaciones y el COPUR”.